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Breve Descripción del Conflicto |
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Contaminación del medio ambiente a través de la emisión restringida/no permitida de grandes cantidades de ruido. La comunidad y la alcaldía se han manifestado y aunque se han puesto sanciones, las infracciones continúan. La competencia entre los establecimientos y los comerciantes por conseguir más clientes se realiza a través de grandes emisiones de ruido. La importancia turística del municipio también contribuye a las emisiones y a la competencia entre los establecimientos. Esto está afectando a la población que colinda con los establecimientos infractores.
El establecimiento en cuestión se encuentra en una zona urbana del municipio en donde tradicionalmente se han ubicado establecimientos por el estilo y en donde siempre se ha hecho la apropiación del espacio público no solo para ubicar mesas y sillas sino también para ubicar parlantes con los que, gracias a las grandes emisiones de ruido, se construye la competencia y la lucha por conseguir la mayor cantidad de clientes entre estos establecimientos. Además de esto, esta zona de discotecas y bares colinda con varias zonas residenciales, quienes también resultan afectadas por el ruido. El municipio de Girardot ha sido reconocido como el que tiene el problema más grave en cuanto a emisiones de ruido, por lo que la Alcaldía, la Policía Nacional y la CAR han coordinado operativos continuos desde el 2011 para controlar la situación, lo que permite que se puedan evidenciar los sitios de emisión de manera objetiva a través de estudios técnicos sobre emisiones de ruido.
Al momento de esta investigación, se encuentra un proceso abierto sancionatorio en contra del establecimiento y su propietario, quien es al mismo tiempo su representante legal. El proceso se inició por parte de la CAR en compañía de la Alcaldía del Municipio, aunque también se ha hecho explícito el descontento generalizado de los habitantes del sector. El expediente en cuestión (42744) se encuentra en el archivo de la Dirección Regional Alto Magdalena, ubicada en el municipio de Girardot.
El conflicto se identificó de dos maneras: una informal, representada por los habitantes del sector (no presentaron pruebas), y una formal por parte de la CAR durante un operativo en febrero de 2013. Las pruebas se encuentran en el expediente No. 42744 en los diversos informes técnicos allí registrados. |
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Contexto Geográfico |
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El conflicto está ubicado actualmente en una zona: |
Urbana |
Municipio: |
Girardot |
Regional: |
Alto Magdalena |
El conflicto se encuentra dentro de una zona de alto riesgo? |
no |
Zona específica: |
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Tipo de riesgo en la zona: |
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Ubicación Específica del Conflicto: |
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Carrera 14 No. 18-54 con Avenida El Ferrocarril. CLANDESTINO BAR. |
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Actores Principales del Conflicto |
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ALCALDIA DE GIRARDOT |
Intereses, pretenSiones y necesidades de este actor frente al caso en cuestión: |
Condiciones mínimas que se deben alcanzar para que los intereses, pretensiones y necesidades de este actor queden satisfechos: |
¿Qué estaría dispuesto a hacer este actor en el corto plazo para lograr satisfacer sus intereses, necesidades y pretensiones frente al conflicto?: |
La alcaldía de Girardot no ha definido el uso del suelo para el sector. Sin embargo, ha expedido licencias de funcionamiento a estos establecimientos. |
Lo que se debe esperar es que cada institución cumpla sus funciones legales como autoridad local y ambiental, estableciendo claridad en el uso del suelo y ejerciendo las funciones de control policivo. |
Que se ajusten a la norma nacional de ruido y que las afectaciones ambientales y a la salud sean mitigadas. |
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CLANDESTINO BAR |
Intereses, pretenSiones y necesidades de este actor frente al caso en cuestión: |
Condiciones mínimas que se deben alcanzar para que los intereses, pretensiones y necesidades de este actor queden satisfechos: |
¿Qué estaría dispuesto a hacer este actor en el corto plazo para lograr satisfacer sus intereses, necesidades y pretensiones frente al conflicto?: |
Se presume que al establecimiento clandestino bar le interesa seguir con el negocio y el problema de ruido persiste. |
Se le debe garantizar el derecho a ejercer su actividad comercial libremente, pero también que cumpla con la norma de ruido. |
Se presume que ajustarse a la norma nacional de ruido. |
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CAR ALTO MAGDALENA |
Intereses, pretenSiones y necesidades de este actor frente al caso en cuestión: |
Condiciones mínimas que se deben alcanzar para que los intereses, pretensiones y necesidades de este actor queden satisfechos: |
¿Qué estaría dispuesto a hacer este actor en el corto plazo para lograr satisfacer sus intereses, necesidades y pretensiones frente al conflicto?: |
Hacer cumplir la normatividad de ruido, la cual se encuentra en la Resolución 626 de 2006. |
Hacer cumplir la norma de ruido y contar con el apoyo de la Alcaldía Municipal de Girardot. |
Exigirle al Municipio de Girardot que haga cumplir las normas. |
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Otros actores:
- ALCALDIA DE GIRARDOT
- CLANDESTINO BAR
- CAR ALTO MAGDALENA
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Derechos Vulnerados |
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- Salud
- Goce de un ambiente sano.
- Seguridad y la salubridad publicas.
- Goce y uso del espacio publico y la utilizacion y defensa de los bienes de uso publico.
Los vecinos del sector en donde se detecta la infracción dicen que las altas emisiones de ruido no les permite gozar de un ambiente sano, de la misma manera que la ubicación de los establecimientos se presta para dos inconvenientes. El primero, el aumento de la inseguridad en la zona y, el segundo, la invasión del espacio público cuando los establecimientos se toman los andenes para ubicar mesas y sillas, y, a veces, amplificadores de sonido. |
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Principales Causas del Conflicto |
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Emisiones de ruido, específicamente por la noche. |
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Contexto Ambiental |
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Principal Recurso Natural Afectado: |
Aire |
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Zonas protegidas donde se encuentra: |
Ninguna |
Efectos en el Medio Ambiente:: |
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Acompañamiento Institucional |
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- Alcaldías municipales
- Autoridad ambiental competente
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Poblaciones Vulnerables |
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Mecanismos de Participación Ciudadana Ambiental |
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- Derecho de peticion
- Accion de Tutela
- Mesas de trabajo
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